El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 0639 del 11 de junio de 2025, expedido por el Gobierno Nacional, que convocaba a una consulta popular en todo el país. La decisión se toma luego de una demanda presentada por 12 senadores que argumentaron la ausencia del concepto previo y favorable del Senado, requisito indispensable para que el Ejecutivo pudiera convocar a votaciones populares.
La Sección Quinta del alto tribunal, especializada en asuntos electorales, decretó una medida cautelar que deja sin efectos jurídicos el decreto presidencial, mientras se estudia de fondo la legalidad de dicha convocatoria. Esto significa que el presidente Gustavo Petro no podrá continuar con el proceso de consulta hasta tanto el Consejo de Estado emita una decisión definitiva.
El abogado constitucionalista Germán Calderón España explicó que, con esta suspensión, el proceso de consulta queda oficialmente detenido. Además, señaló que la Registraduría Nacional ya no está obligada a acatar lo dispuesto en el decreto, ya que perdió su validez jurídica hasta que otra autoridad judicial ordene lo contrario.
“La consulta fue convocada sin que existiera el concepto previo y favorable del Senado, lo cual es un requisito constitucional”, enfatizó Calderón España.
La consulta popular había sido anunciada por el presidente Gustavo Petro como una herramienta para fortalecer su agenda de reformas y consultar directamente al pueblo sobre asuntos clave del país. Sin embargo, la falta de aprobación del Congreso para avanzar con este mecanismo ha generado un fuerte debate jurídico y político en el país.
Ahora, el futuro de la consulta depende de la decisión de fondo que adopte la Sección Quinta del Consejo de Estado, la cual podría ratificar la nulidad del decreto o devolverle su validez si encuentra que no se vulneraron normas constitucionales.
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